domingo, 11 de septiembre de 2016

NOM PARA AGUA

NMX-AA-172-SCFI-2016ANÁLISIS DE AGUA - MEDICIÓN DEL CONTENIDO DE
SÓLIDOS EN SEDIMENTOS POR IGNICIÓN,EN AGUAS NATURALES,RESIDUALES Y RESIDUALES TRATADAS
MÉTODO DE PRUEBA
09/Septiembre/
2016

NMX-AA-008-SCFI-2016
ANÁLISIS DE AGUA- MEDICIÓN DE PH EN AGUAS NATURALES,RESIDUALES Y RESIDUALES TRATADAS MÉTODO DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-AA-008-SCFI-2011).09/ Septiembre/2016
NOM-001-CONAGUA-2011Sistemas de agua potable, toma domiciliaria y alcantarillado sanitario-Hermeticidad-Especificaciones y métodos de prueba17 / Febrero / 2012
NOM-003-CONAGUA-1996Requisitos durante la construcción de pozos de extracción de agua para prevenir la contaminación de acuíferos03 / Febrero / 1997
NOM-004-CONAGUA-1996Requisitos para la protección de acuíferos durante el mantenimiento y rehabilitación de pozos de extracción de agua y para el cierre de pozos en general08 / Agosto / 1997
NOM-005-CONAGUA-1996Fluxómetros-Especificaciones y métodos de prueba25 / Julio / 1997
NOM-006-CONAGUA-1997Fosas sépticas prefabricadas-Especificaciones y métodos de prueba29 / Enero / 1999
NOM-008-CONAGUA-1998Regaderas empleadas en el aseo corporal - Especificaciones y métodos de prueba25 / Junio / 2001
ModificaciónACUERDO mediante el cual se modifican los numerales 7, 7.1, 7.2, 8.4.2 y 10 de la NOM-008-CONAGUA-1998, Regaderas empleadas en el aseo corporal.- Especificaciones y métodos de prueba21 de julio de 2009
NOM-009-CONAGUA-2001Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos de prueba02 / Agosto / 2001
ModificaciónACUERDO mediante el cual se modifican los numerales 2, 7.1, 7.2 y 10.1 y se adiciona el numeral 6.11 Bis a la NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos de prueba21 de julio de 2009
NOM-010-CONAGUA-2000Válvula de admisión y válvula de descarga para tanque de inodoro-Especificaciones y métodos de prueba02 / Septiembre / 2003
ModificaciónACLARACION a la NOM-010-CONAGUA-2000, Válvula de admisión y válvula de descarga para tanque de inodoro-Especificaciones y métodos de prueba21 de julio de 2009
NOM-011-CONAGUA-2015Conservación del recurso agua - Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales27 / Marzo / 2015
NOM-014-CONAGUA-2003Requisitos para la recarga artificial de acuíferos con agua residual tratada18 /Agosto / 2009
NOM-015-CONAGUA-2007Infiltración artificial de agua a los acuíferos.-Características y especificaciones de las obras y del agua18 /Agosto / 2009

viernes, 5 de agosto de 2016

¿Cuándo necesitas una licencia de anuncios denominativo?

Si quieres poner un anuncio en tu negocio o tienda deberás saber que si sólo es para anunciar el nombre, denominación comercial o logotipo, con el que se identifica una persona física, moral o una edificación, lo que necesitas es un anuncio denominativo.

El anuncio denominativo sólo puede tener cualquiera de los siguientes elementos:
  • una denominación y un logotipo o emblema
  • un logotipo o emblema
  • una denominación
La denominación podrá acompañarse de un eslogan, el cual deberá contenerse en el mismo anuncio denominativo.
NOTA: ES IMPORTANTE QUE EL NOMBRE QUE VIENE EN EL ACTA CONSTITUTIVA SEA EL MISMO QUE EL DE ANUNCIO, YA QUE EN LOS ANUNCIOS DENOMINATIVOS LAS MARCAS ESTÁN PROHIBIDAS.

Lo primero que hay que se debe hacer es verificar  si el inmueble se encuentra en vías primarias, secundarias ó polígonos que constituyen áreas de conservación patrimonial para efectos de la ley de publicidad exterior del Distrito Federal (CDMX). Esto lo puedes revisar en el SIG y en los acuerdos que publicó SEDUVI en la Gaceta Oficial donde se mencionan cuales se consideran vías primarias y cuales son los polígonos, o bien, puedes contratar a un DRO (Director Responsable de Obra) para que te apoye desde el inicio en este trámite, ya que finalmente lo necesitarás para que revise y otorgue su responsiva si es que resulta que está en vías primarias ó en áreas de conservación patrimonial el inmueble.

Una vez realizado lo anterior hay que presentarse en la ventanilla única de las delegaciones, en caso de que el inmueble  se encuentre en vías secundarias con el formato de licencia de anuncio denominativo. En dicho formato proporcionado por SEDUVI ya sea en la ventanilla o bajado desde el portal de internet, se mencionan los requisitos a entregar en ventanilla, para poder llevar a cabo el trámite:

¿Cuáles son los requisitos que piden?

  • Formato de licencia de anuncio denominativo
  • Planos acotados, a escala, incluyendo diseño, materiales, acabados, colores, texturas, dimensiones, croquis de ubicación del anuncio, escala gráfica, fecha, nombre del plano y su número, todos los planos deben llevar los nombres y firmas del solicitante, DRO y en su caso corresponsables, se necesita CDUyA si el anuncio se encuentra en un área de conservación patrimonial, así como una fotografía del inmueble, estos serán de: 
        1. Plantas y alzados
        2. Estructurales, si son anuncios autosoportados
        3. Instalación eléctrica en caso de que la requiera
        4. Iluminación en caso de ser requerida
      • **No importa si son leeds o si sólo es una salida de 50 watts deben entregarse los planos de instalación e iluminación, lo bueno en este caso es que no necesita de CI ya que el consumo es mínimo
  • Cálculos estructurales y memoria estructural, en caso de anuncios autosoportados
  • Perspectiva o render de la edificación, en la que se considere también el anuncio de que se trate
  • Opinión técnica favorable de la Secretaría de Protección Civil de que el anuncio no representa un riesgo para la integridad física o patrimonial de las personas, si son pintados en la fachada no se pide
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros
  • Copia  de los recibos de pago del impuesto predial y del derecho de suministro de agua, respectivamente, del inmueble de que se trate, correspondientes al bimestre inmediato anterior a la fecha de solicitud
  • Copia  del contrato de arrendamiento entre el poseedor o propietario del inmueble y el solicitante, en su caso.
  • Una declaración bajo protesta de decir verdad del responsable de la obra, donde se señale que no se afectarán árboles con motivo de las obras que se puedan llevar a cabo ni en las instalaciones de los anuncios.
  • En caso de pertenecer a una área de conservación patrimonial, se necesita presentar el dictamen favorable de la dirección del patrimonio cultural urbano 
  • Copia  de la escritura del inmueble donde se pretenda instalar el anuncio
  • Si el que lo solicita es una persona moral, debe presentar copia certificada de la escritura pública que acredite su constitución y copia certificada de la escritura pública que acredite la designación de su representante
  • Copia  de la identificación del solicitante, y del representante, si es que el solicitante es una persona moral, deberá estar testada la huella digital
  • Copia  de la credencial para votar, pasaporte o cédula profesional del propietario y poseedor del inmueble donde se pretenden colocar los anuncios, deberá estar testada la huella digital.      
  • Copia del carnet del Director Responsable de Obra y en su caso de cada corresponsable
  • Los documentos previstos para este trámite deberán entregarse tanto en versión digital como impresa y contener la firma del solicitante.
  • Comprobante de pago de derechos
  • Casi todas las copias son simples, excepto donde se piden certificadas,  la licencia, tiene una vigencia de tres años prorrogables.




PROYECTOS DE NMX EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN.

PROYECTOS DE NMX EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN.
DOF: 09/05/2016

PROY-NMX-C-307-1-ONNCCE-2016 EDIFICACIONES-RESISTENCIA AL FUEGO ELEMENTOS Y COMPONENTES PARTE I

Establece las especificaciones de desempeño y los métodos de ensayo aplicables a los elementos, componentes y productos de construcción que se utilizan en las edificaciones para resistir al fuego. Puede aplicarse a los elementos, componentes, recubrimientos y productos nacionales, y de importación que por sí mismos o complementariamente colaboran a resistir el fuego en las edificaciones.
Proporciona las directrices para que el Responsable de Obra (VER 3.5) apruebe en los planos o memorias del proyecto de la edificación para la cual ofrece su responsiva, las características, la resistencia al fuego y, en su caso, las técnicas de aplicación de los productos, elementos o componentes especificados de acuerdo al grado de riesgo al incendio (ver apéndice informativo A).
Esta NMX cancelará a la NMX-C-307/1-ONNCCE-2009.

PROY-NMX-C-505-ONNCCE-2016 INSPECCION PRELIMINAR DE DAÑOS EN ESTRUCTURAS DE CONCRETO HIDRÁULICO CON CRITERIOS DE DURABILIDAD.
Establece una guía para la evaluación preliminar con criterios de durabilidad de las estructuras de concreto hidráulico.Es aplicable a estructuras de concreto para prevención, detección y registro de deficiencias en su condición de servicio, apariencia, o que se detecte un proceso de deterioro de su forma original o de sus propiedades mecánicas y/o estructurales.

PROY-NMX-C-522-ONNCCE-2016 GEOTECNIA - MATERIALES TÉRREOS Y DETERMINACIÓN DEL VALOR SOPORTE DE CALIFORNIA DE SUELOS
Especifica el procedimiento y permite determinar el Valor Soporte de California (CBR), así como la expansión, originada por saturación de los materiales térreos, en especímenes compactados dinámicamente con material que pasa la malla de 19 mm (¾) pulgada.


PROY-NMX-C-523-ONNCCE-2016
DURABILIDAD DE ESTRUCTURAS DE CONCRETO REFORZADO - CONCENTRACIÓN DE CLORUROS SOLUBLES EN AGUA Y ÁCIDO DETERMINACIÓN EN CONCRETO HIDRÁULICO
Es aplicable a los elementos o estructuras de concreto hidráulico, permite conocer la cantidad de iones cloruro en su masa.

PROY-NMX-C-524-ONNCCE-2016
BARRERAS PREFABRICADAS DE CONCRETO PARA PROTECCIÓN EN CARRETERAS Y VIALIDADES URBANA
Es aplicable tanto a barreras de concreto de fabricación nacional como de importación, establece criterios generales para su diseño y fabricación en vialidades municipales, estatales y federales.

lunes, 27 de junio de 2016

Modificaciones al Reglamento de Construcciones del Distrito Federal 17 Junio 2016 (Primera parte)


Les dejo un brevísimo resumen acerca de los cambios que se hicieron en el reglamento, sólo son unos ejemplos, (apenas la primera parte, aunque básicamente lo que más cambió fueron los títulos segundo y tercero... ) hay más que en otra ocasión subiré, ya que hay que estudiarlo con detalle.

  • Se incorporan como Responsables de una obra a los Propietarios, Constructores y Proyectistas.
  • Se adicionan los temas de movilidad y Protección Civil, Comité de usuarios del subsuelo, y el Dictamen de Factibilidad de Instalación de Aparato Medidor.
  • Se habla de aranceles mínimos (los cuales en breve serán publicados) que se deberán cobrar, así como las bases generales para la contratación de los DRO´s  y Corresponsables, con lo cual se evitarán arbitrariedades, ya que interviene un contrato.
  • Se evitará que despidan a un Perito, DRO y/o Corresponsable cuando quiera realizar su trabajo, es decir imponer su autoridad normativa.
  • Los proyectistas y los que hacen el estudio de mecánica de suelos, ya se hacen responsables de lo que plasman en los planos, por lo que deben ir firmados con su Nombre y Cédula Correspondiente

DRO´S y Corresponsables
  • Deberá estar constantemente actualizados ya que deben presentar los documentos que los acrediten como miembros activos del Colegio de Profesionales respectivo, así como constancia de actualización profesional expedida por Instituciones de Educación Superior o los Colegios de los que sean miembros, con una duración mínima de treinta horas anuales, en los temas de normatividad y nuevas tecnologías previamente aprobados por las Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y de Obras y Servicios. 
  • Ordenar en la obra, el cumplimiento de este Reglamento y de la normatividad aplicable, incluyendo  materia ambiental, medidas de seguridad e higiene, en caso de no ser atendida la orden por el propietario, poseedor y/o constructor, lo asentará en la bitácora, notificando de inmediato a la Delegación correspondiente, y a la Comisión, anexando una copia de la nota de bitácora, en la que conste lo ordenado.
  • Solicitar al propietario o poseedor y/o al constructor los manuales de operación y mantenimiento para las obras que requieran de dictamen de impacto urbano o impacto urbano ambiental, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 232 de este Reglamento.


BITÁCORA
  • La bitácora además de cumplir con los requisitos acostumbrados deberá cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Generales (contrato), En la bitácora se anotarán, además de los datos acostumbrados, el nombre del constructor, proyectistas, especialista en Mecánica de Suelos.
  • Se deberá anexar  a la bitácora  el aviso de terminación de la obra ejecutada, proporcionados por el propietario, poseedor o constructor. 


Les dejo el link.

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal
http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/1bc33ce69305e79013aacb6c88336f86.pdf

martes, 17 de mayo de 2016

Listado Normas Técnicas Complementarias de Protección Civil 2016


El siguiente listado comprende aquellas normas que en materia de Protección Civil, nos ayudarán a establecer criterios para la instalación, operación, supervisión y ejecución de diversos aspectos que nos ayuden a mitigar riesgos.
  •  “Norma Técnica Complementaria NTCPC-002-IT-2016.- Instalaciones Eléctricas Temporales” 
  • “Norma Técnica Complementaria NTCPC-003-IT-2016.- Instalaciones de Juegos Mecánicos Temporales”
  •  “Norma Técnica Complementaria NTCPC-005-ER-2016.- Simulacros y Evacuación de Inmuebles”
  •  “Norma Técnica Complementaria NTCPC-004-RT-2016.- Planeación, Instalación, Operación y Cierre de Refugios Temporales”
  •  “Norma Técnica Complementaria NTCPC-009-CBPC-2016.- que establece los Lineamientos de Capacitación para las Brigadas en Materia de Protección Civil”
  • “Norma Técnica Complementaria NTCPC-007-SAS-2016”.- que establece los Lineamientos para el Sistema de Alerta Sísmica de la Ciudad de México
  •  “Norma Técnica Complementaria NTCPC-008-APED-2016.- que establece los Lineamientos de Atención Psicosocial en Emergencias y Desastres”


http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/688d4fd9f552fa0d8bd99157fe38cdd1.pdf
http://www.infomexdf.org.mx/infomex/docto/archivo/2016/22_FEBRERO_2016.pdf

jueves, 5 de noviembre de 2015

Eficiencia energética para edificaciones


La Eficiencia Energética reside en emplear una tecnología que me permita utilizar una menor cantidad de energía para realizar un mismo trabajo o tarea comparada con otras tecnologías, manteniendo el confort y la sostenibilidad, desarrollando procesos de gestión de tecnología, preservando el ambiente.

Es aplicable a todas las fuentes de energía utilizadas, como electricidad, gasoil, gas, vapor, etc. 



Se aprovechan los recursos energéticos tanto en vivienda como industria, incluso en flotas vehiculares, ahorrando gigawatts-hora (GWh), y combustible reflejándose en millones de pesos ahorrados.

En cuanto a la envolvente de edificios, se emplea la conducción y la radiación como una manera más eficiente de obtener energía, así mismo en los sistemas de alumbrado radicaría en el tipo de lámparas a emplear... aquí una lista con las Normas Oficiales Mexicanas sobre el tema



NOM-007-ENER-2004 Eficiencia energética en sistemas de alumbrado en edificios no residenciales.


NOM-008-ENER-2001 Eficiencia energética en edificaciones, envolvente de edificios no residenciales.


NOM-009-ENER-1995  Eficiencia energética en aislamientos térmicos industriales.


NOM-011-ENER-2006  Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo central, paquete o dividido. Límites, métodos de prueba y etiquetado.

NOM-013-ENER-2013, Eficiencia energética para sistemas de alumbrado en vialidades.


NOM-018-ENER-2011  Aislantes térmicos para edificaciones. Características, límites y métodos de prueba.


NOM-020-ENER-2011 Eficiencia energética en edificaciones, Envolvente de edificios para uso habitacional.


NOM-021-ENER/SCFI-2008  Eficiencia energética, requisitos de seguridad al usuario en acondicionadores de aire tipo cuarto. Límites, métodos de prueba y etiquetado.


NOM-023-ENER-2010 Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire. Límites, método de prueba y etiquetado.


NOM-024-ENER-2012  Características térmicas y ópticas del vidrio y sistemas vidriados para edificaciones. Etiquetado y métodos de prueba


El dictamen de una norma de sistemas de envolvente de edificios considera lo siguiente:

Núm. de Dictamen y fecha de expedición
Nombre o razón social del propietario
Descripción de la edificación y m2 de construcción
Ubicación de la edificación (calle, colonia y población, municipio o delegación, ciudad y estado, C.P., teléfono, correo electrónico)
Datos del propietario o representante (nombre, teléfono, e-mail)
Datos de la Unidad de Verificación o representante legal (nombre, firma, domicilio, teléfono, e-mail)
Ganancia de calor a través de la envolvente del edificio de referencia
Ganancia de calor a través de la envolvente del edificio proyectado


Link para Unidades de Verificación de dichas NOM
http://www.conuee.gob.mx/wb/Conuee/unidades_de_verificacion
http://www.conuee.gob.mx/wb/Conuee/en_que_consiste_la__verificacion_de_una_nom

sábado, 17 de octubre de 2015

LISTADO NOM DE PROTECCION CIVIL EN AMBIENTES LABORALES Y CENTROS DE TRABAJO

NOM-003-SEGOB-002  Señales y avisos para protección civil

NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad.

NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad - Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.

NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad de la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo.

NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.

NOM-006-STPS-2000, Manejo y almacenamiento de materiales - Condiciones y procedimientos de seguridad.

NOM-009-STPS-2011, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura.

NOM-010-STPS-1999, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.
NOM-011-STPS-2001, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere   ruido.

NOM-012-STPS-2012, Condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo donde se manejen fuentes de radiación ionizante.

NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal - Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.

NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.
NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas - Funcionamiento - Condiciones de Seguridad.

NOM-021-STPS-1993, Relativa a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas.

NOM-022-STPS-2008, Electricidad estática en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad.

NOM-023-STPS-2012, Minas subterráneas y minas a cielo abierto - Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
.
NOM-025-STPS-2008, Condiciones de iluminación en los centros de trabajo.

NOM-028-STPS-2012, Sistema para la administración del trabajo - Seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas.



NOM-029-STPS-2011, Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad.
NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo - Funciones y actividades.

NOM-031-STPS-2011, Construcción - Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

NOM-033-STPS-2015   Seguridad en espacios confinados para realizar trabajos

NOM-034-STPS-2016 Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo.



viernes, 11 de septiembre de 2015

BITÁCORA DE OBRA II



NOTAS BÁSICAS QUE DEBE LLEVAR LA BITÁCORA DE OBRA.


En las primeras notas es necesario que el Director Responsable de Obra asiente las obligaciones que deberán ser cumplidas por el constructor para evitar incurrir en alguna falta y podamos hacernos merecedores a alguna sanción de la autoridad correspondiente.

  • Tener en la obra una copia de los planos y la licencia autorizados por el GDF, las cuales permanecerán hasta el aviso de terminación de obra.
  • Ordenar colocar un letrero fuera de la obra con los siguientes datos:   Dirección de la obra, número de manifestación de construcción o licencia especial, fecha de expedición y vencimiento, número de niveles autorizados, superficie construida, nombre del propietario o responsable, nombre de la constructora, nombre y número del director responsable de obra, corresponsables, y perito en desarrollo urbano en su caso, así como el tamaño del letrero.
  • Ordenar colocar en un letrero los números de emergencia, así como colocar letreros de medidas preventivas de acuerdo con la simbología de protección civil.
  • Se asentará que la bitácora de obra estará disponible todos los días hábiles de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 hrs y los sábados de 8:00 a 13:00 hrs.
  • En la obra el propietario o constructor deberá proporcionar un sanitario portátil, o escusado, por cada veinticinco trabajadores, agua potable, extinguidor contra incendios, señalización de seguridad y salud en el trabajo, un botiquín de primeros auxilios y equipo de seguridad para los trabajadores como guantes, googles, arnes, linea de vida, botas de seguridad, casco y chaleco.

  • Se deberá colocar protección a vacíos o a predios colindantes.
  • Cuando sea necesario descargar materiales en la vía pública, o sacar escombro se deberá tramitar un permiso a la delegación correspondiente donde sea autorizado el horario de carga y descarga, colocar el letrero correspondiente al permiso de la delegación, mantener constantemente húmedo el escombro, lavar las llantas de los camiones al salir de la obra, asimismo se deberá verificar los decibeles de la maquinaria, para  no causar molestia a los vecinos.
  • Se asentará el plazo para que se respondan las notas de bitácora, tomando en cuenta que si no se ha respondido en un plazo de 48 horas se dará por asentado que no se ha hallado objeción alguna a dicha nota.
  • Todas las modificación sin excepción que se quieran realizar se consultarán primero con el DRO y los Corresponsables, y/o supervisión antes de efectuar alguna.
    Art.42.-La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda aplicará sanciones a los Directores Responsables de Obra y/o Corresponsables, que determine la Comisión Dictaminadora señalada en la fracción V del artículo 45 de este Reglamento, independientemente de las sanciones previstas en el Capítulo II del Título Décimo Primero del presente ordenamiento, en los siguientes casos: 

    II.-Suspensión temporal por dos años del registro de Director Responsable de Obra o Corresponsables, según sea el caso, cuando infrinjan el presente Reglamento sin causar situaciones que pongan en peligro la vida de las personas y/o los bienes, independientemente de la reparación del daño, así como de la responsabilidad derivada de procesos de índole civil o penal, cuando: 

    a) Sin conocimiento y aprobación de la Delegación o de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en su caso, se modifique la obra o instalación sin apegarse a las condiciones de la manifestación de construcción registrada o de la licencia de construcción especial expedida, con excepción de las diferencias permitidas que se señalan en la fracción II del artículo 70 del presente Reglamento, y
    Esta conducta se configura en el momento en que se empieza a realizar la obra de manera contraria a la manifestación de construcción otorgada o de la licencia de construcción especial expedida, teniendo conocimiento el D.R.O. o el Corresponsable de tal circunstancia y no hacerlo del conocimiento de la Delegación o Autoridad Administrativa correspondiente, integrándose el delito de responsabilidad de los Directores Responsables de Obra, contemplado en el artículo 329-BIS del Código Penal
  • En el caso de que se realice alguna verificación administrativa (Protección Civil, INVEA) se deberán abstener de impedir u obstaculizar por cualquier medio la visita de verificación, debe acreditarse la personalidad que ostente o señalar el carácter con el que atiende la visita, identificándose plenamente en ambos casos, asimismo, se debe permitir el acceso al verificador al establecimiento, muebles, materiales, sustancias u objetos a verificar, conforme al alcance de la orden de verificación y asignar dos testigos de parte de la constructora para que estén presentes en el desarrollo de la visita; en caso de que uno de ellos o ambos se retiren antes de terminar la visita de verificación nombrar a los sustitutos, de no hacerlo el verificador podrá nombrarlos., por lo que es IMPORTANTE que sean designados por el personal de la constructora.
  • En cualquier caso que sean colocados sellos de suspensión de la obra POR NINGÚN MOTIVO DEBERÁN SER RETIRADOS, HASTA QUE LA DELEGACION O AUTORIDAD ADMINISTRATIVA QUE LOS COLOCÓ LOS QUITE.



ASUNTOS A TRATAR EN LA BITACORA DE OBRA.

Debe darse seguimiento a las notas y finiquitarlas con una nota de cierre cuando sea el caso, se anotarán los cambios de proyecto, con sus trabajos adicionales, cambio de supervisor, residente, aplicación de sanciones, suspensiones, reiniciaciones, terminaciones anticipadas y rescición.


La custodia de la bitácora será responsabilidad del residente y deberá permanecer siempre en la obra a disposición del supervisor, contratista, DRO, y corresponsables en su caso, sólo se podrá sacar de la obra en caso de suspensión y dependiendo de lo que se concilie en una junta se verá quien la tendrá en resguardo.

RELATIVOS AL CONTRATISTA:
Incumplimiento del programa por causas que no le sean imputables, solicitudes de ampliación de plazo y/o modificaciones del programa de obra, deberá notificarlo en la bitácora.

Fecha en que se presentan las estimaciones, y en las que se reciben.

Atrasos por falta de pago de estimaciones, así como las consecuencias de ello.

Se realizarán las anotaciones correspondientes en bitácora de todos los casos de terminación anticipada.

Deberá notificar la terminación de los trabajos, para iniciar el procedimiento de recepción de los trabajos.

Solicitudes de información faltante, licencias, permisos, croquis, planos y fecha en que se reciben.

RELATIVOS A LA OBRA:
Inicio de cada una de las fases de la obra.

Modificaciones, avance de los trabajos, tiempos perdidos por diversas causas y demoras.

Estado del tiempo que influya en la obra, cuando los accesos a la obra no estén disponibles.

Llegada de equipos en su caso, instalaciones, interconexiones y pruebas.

Incidentes internos y externos que afecten el desarrollo de la obra.

Condiciones de inseguridad, normas de seguridad e higiene.

Observaciones sobre las actividades realizadas, procedimientos constructivos, equipos de seguridad, horarios, por falta de recursos respecto a los materiales, herramientas, personal y almacenamiento.

Se realizarán juntas semanalmente con todos los involucrados para ver temas relacionados con la obra asentándose el día de la semana y el horario en que serán realizadas.

En caso de inasistencia se mandará llamar a los DRO y corresponsables por medio de una nota de bitácora  en caso de reincidir se procederá a un llamado de atención.