viernes, 11 de septiembre de 2015

BITÁCORA DE OBRA II



NOTAS BÁSICAS QUE DEBE LLEVAR LA BITÁCORA DE OBRA.


En las primeras notas es necesario que el Director Responsable de Obra asiente las obligaciones que deberán ser cumplidas por el constructor para evitar incurrir en alguna falta y podamos hacernos merecedores a alguna sanción de la autoridad correspondiente.

  • Tener en la obra una copia de los planos y la licencia autorizados por el GDF, las cuales permanecerán hasta el aviso de terminación de obra.
  • Ordenar colocar un letrero fuera de la obra con los siguientes datos:   Dirección de la obra, número de manifestación de construcción o licencia especial, fecha de expedición y vencimiento, número de niveles autorizados, superficie construida, nombre del propietario o responsable, nombre de la constructora, nombre y número del director responsable de obra, corresponsables, y perito en desarrollo urbano en su caso, así como el tamaño del letrero.
  • Ordenar colocar en un letrero los números de emergencia, así como colocar letreros de medidas preventivas de acuerdo con la simbología de protección civil.
  • Se asentará que la bitácora de obra estará disponible todos los días hábiles de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 hrs y los sábados de 8:00 a 13:00 hrs.
  • En la obra el propietario o constructor deberá proporcionar un sanitario portátil, o escusado, por cada veinticinco trabajadores, agua potable, extinguidor contra incendios, señalización de seguridad y salud en el trabajo, un botiquín de primeros auxilios y equipo de seguridad para los trabajadores como guantes, googles, arnes, linea de vida, botas de seguridad, casco y chaleco.

  • Se deberá colocar protección a vacíos o a predios colindantes.
  • Cuando sea necesario descargar materiales en la vía pública, o sacar escombro se deberá tramitar un permiso a la delegación correspondiente donde sea autorizado el horario de carga y descarga, colocar el letrero correspondiente al permiso de la delegación, mantener constantemente húmedo el escombro, lavar las llantas de los camiones al salir de la obra, asimismo se deberá verificar los decibeles de la maquinaria, para  no causar molestia a los vecinos.
  • Se asentará el plazo para que se respondan las notas de bitácora, tomando en cuenta que si no se ha respondido en un plazo de 48 horas se dará por asentado que no se ha hallado objeción alguna a dicha nota.
  • Todas las modificación sin excepción que se quieran realizar se consultarán primero con el DRO y los Corresponsables, y/o supervisión antes de efectuar alguna.
    Art.42.-La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda aplicará sanciones a los Directores Responsables de Obra y/o Corresponsables, que determine la Comisión Dictaminadora señalada en la fracción V del artículo 45 de este Reglamento, independientemente de las sanciones previstas en el Capítulo II del Título Décimo Primero del presente ordenamiento, en los siguientes casos: 

    II.-Suspensión temporal por dos años del registro de Director Responsable de Obra o Corresponsables, según sea el caso, cuando infrinjan el presente Reglamento sin causar situaciones que pongan en peligro la vida de las personas y/o los bienes, independientemente de la reparación del daño, así como de la responsabilidad derivada de procesos de índole civil o penal, cuando: 

    a) Sin conocimiento y aprobación de la Delegación o de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en su caso, se modifique la obra o instalación sin apegarse a las condiciones de la manifestación de construcción registrada o de la licencia de construcción especial expedida, con excepción de las diferencias permitidas que se señalan en la fracción II del artículo 70 del presente Reglamento, y
    Esta conducta se configura en el momento en que se empieza a realizar la obra de manera contraria a la manifestación de construcción otorgada o de la licencia de construcción especial expedida, teniendo conocimiento el D.R.O. o el Corresponsable de tal circunstancia y no hacerlo del conocimiento de la Delegación o Autoridad Administrativa correspondiente, integrándose el delito de responsabilidad de los Directores Responsables de Obra, contemplado en el artículo 329-BIS del Código Penal
  • En el caso de que se realice alguna verificación administrativa (Protección Civil, INVEA) se deberán abstener de impedir u obstaculizar por cualquier medio la visita de verificación, debe acreditarse la personalidad que ostente o señalar el carácter con el que atiende la visita, identificándose plenamente en ambos casos, asimismo, se debe permitir el acceso al verificador al establecimiento, muebles, materiales, sustancias u objetos a verificar, conforme al alcance de la orden de verificación y asignar dos testigos de parte de la constructora para que estén presentes en el desarrollo de la visita; en caso de que uno de ellos o ambos se retiren antes de terminar la visita de verificación nombrar a los sustitutos, de no hacerlo el verificador podrá nombrarlos., por lo que es IMPORTANTE que sean designados por el personal de la constructora.
  • En cualquier caso que sean colocados sellos de suspensión de la obra POR NINGÚN MOTIVO DEBERÁN SER RETIRADOS, HASTA QUE LA DELEGACION O AUTORIDAD ADMINISTRATIVA QUE LOS COLOCÓ LOS QUITE.



ASUNTOS A TRATAR EN LA BITACORA DE OBRA.

Debe darse seguimiento a las notas y finiquitarlas con una nota de cierre cuando sea el caso, se anotarán los cambios de proyecto, con sus trabajos adicionales, cambio de supervisor, residente, aplicación de sanciones, suspensiones, reiniciaciones, terminaciones anticipadas y rescición.


La custodia de la bitácora será responsabilidad del residente y deberá permanecer siempre en la obra a disposición del supervisor, contratista, DRO, y corresponsables en su caso, sólo se podrá sacar de la obra en caso de suspensión y dependiendo de lo que se concilie en una junta se verá quien la tendrá en resguardo.

RELATIVOS AL CONTRATISTA:
Incumplimiento del programa por causas que no le sean imputables, solicitudes de ampliación de plazo y/o modificaciones del programa de obra, deberá notificarlo en la bitácora.

Fecha en que se presentan las estimaciones, y en las que se reciben.

Atrasos por falta de pago de estimaciones, así como las consecuencias de ello.

Se realizarán las anotaciones correspondientes en bitácora de todos los casos de terminación anticipada.

Deberá notificar la terminación de los trabajos, para iniciar el procedimiento de recepción de los trabajos.

Solicitudes de información faltante, licencias, permisos, croquis, planos y fecha en que se reciben.

RELATIVOS A LA OBRA:
Inicio de cada una de las fases de la obra.

Modificaciones, avance de los trabajos, tiempos perdidos por diversas causas y demoras.

Estado del tiempo que influya en la obra, cuando los accesos a la obra no estén disponibles.

Llegada de equipos en su caso, instalaciones, interconexiones y pruebas.

Incidentes internos y externos que afecten el desarrollo de la obra.

Condiciones de inseguridad, normas de seguridad e higiene.

Observaciones sobre las actividades realizadas, procedimientos constructivos, equipos de seguridad, horarios, por falta de recursos respecto a los materiales, herramientas, personal y almacenamiento.

Se realizarán juntas semanalmente con todos los involucrados para ver temas relacionados con la obra asentándose el día de la semana y el horario en que serán realizadas.

En caso de inasistencia se mandará llamar a los DRO y corresponsables por medio de una nota de bitácora  en caso de reincidir se procederá a un llamado de atención.




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