martes, 15 de noviembre de 2016

Suspensión de articulos del RCDF, gaceta oficial de la CDMX 10/Nov/16



El día 10 de Noviembre del 2016 salió publicado en la gaceta oficial de la CDMX el  ACUERDO POR EL QUE SE INTEGRA E INSTALA LA COMISIÓN PARA EL ESTUDIO Y PROPUESTAS DE REFORMAS AL RCDF y también fueron suspendidos algunos articulos que se aprobaron en las modificaciones al RCDF en la gaceta oficial de la CDMX del 17 de Junio del 2016, siendo los siguientes:
TERCERO.- Se suspende la aplicación de los artículos 2, fracción XV, 35 fracciones XII y XIII, 39 fracción V, 40 fracción
I, 42, 46 Bis, 53 incisos g) y j), 58 incisos i), l) y m), 82, fracción VI, 82 Bis y 124 del Reglamento de Construcciones para
el Distrito Federal, hasta en tanto sean revisados por la Comisión.

ES DECIR:
Artículo 2.Fracción XV. Arancel a las cuotas que regulen los honorarios de los DRO´S
Artículo 35. Fracción XII. Celebrar contrato de prestación de servicios profesionales
Artículo 35 Fracción XIII. Verificar que los proyectistas hayan firmado los planos, memorias y estudio de mecánica de suelos.
Artículo 39. Fracción V. De los Corresponsables, celebrar contrato de servicios profesionales
Artículo 40. Fracción I. Acta por sustitución o retiro
Artículo 42. Conocer y resolver infracciones de los DRO´S Y CO´S
Artículo 46 Bis. Obligaciones de los propietarios o poseedores
Artículo 53 g. Orden de revisión del proyecto estructural
Artículo 53 j. Póliza de responsabilidad Civil, por daños a terceros, para obras tipo A y B1
Artículo 58 i. Acuse de ingreso de la orden de revisión
Artículo 58 l. Dictamen del estudio de impacto ambiental
Artículo 58 m. Póliza vigente del seguro de responsabilidad civil daños a terceros para obras tipo A y B1
Artículo 82. VI Calentador solar
Artículo 82 Bis.Cuando no se cumpla con el calentamiento solar
Artículo 124. Edificaciones de más de 3 niveles, almacenamiento de dos veces la demanda de agua. Construcciones de más de 200 m2. Contarán con sistema de captación de agua pluvial y captar en cisterna para este fin para usarse en inodoros, jardines y actividades de limpieza

Prefiero no dar mi opinión personal respecto a esto... Por lo que les dejo el link por aqui.
http://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/2e83c585f2a7fedc5423eb3967eb8843.pdf

domingo, 11 de septiembre de 2016

NOM PARA AGUA

NMX-AA-172-SCFI-2016ANÁLISIS DE AGUA - MEDICIÓN DEL CONTENIDO DE
SÓLIDOS EN SEDIMENTOS POR IGNICIÓN,EN AGUAS NATURALES,RESIDUALES Y RESIDUALES TRATADAS
MÉTODO DE PRUEBA
09/Septiembre/
2016

NMX-AA-008-SCFI-2016
ANÁLISIS DE AGUA- MEDICIÓN DE PH EN AGUAS NATURALES,RESIDUALES Y RESIDUALES TRATADAS MÉTODO DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-AA-008-SCFI-2011).09/ Septiembre/2016
NOM-001-CONAGUA-2011Sistemas de agua potable, toma domiciliaria y alcantarillado sanitario-Hermeticidad-Especificaciones y métodos de prueba17 / Febrero / 2012
NOM-003-CONAGUA-1996Requisitos durante la construcción de pozos de extracción de agua para prevenir la contaminación de acuíferos03 / Febrero / 1997
NOM-004-CONAGUA-1996Requisitos para la protección de acuíferos durante el mantenimiento y rehabilitación de pozos de extracción de agua y para el cierre de pozos en general08 / Agosto / 1997
NOM-005-CONAGUA-1996Fluxómetros-Especificaciones y métodos de prueba25 / Julio / 1997
NOM-006-CONAGUA-1997Fosas sépticas prefabricadas-Especificaciones y métodos de prueba29 / Enero / 1999
NOM-008-CONAGUA-1998Regaderas empleadas en el aseo corporal - Especificaciones y métodos de prueba25 / Junio / 2001
ModificaciónACUERDO mediante el cual se modifican los numerales 7, 7.1, 7.2, 8.4.2 y 10 de la NOM-008-CONAGUA-1998, Regaderas empleadas en el aseo corporal.- Especificaciones y métodos de prueba21 de julio de 2009
NOM-009-CONAGUA-2001Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos de prueba02 / Agosto / 2001
ModificaciónACUERDO mediante el cual se modifican los numerales 2, 7.1, 7.2 y 10.1 y se adiciona el numeral 6.11 Bis a la NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos de prueba21 de julio de 2009
NOM-010-CONAGUA-2000Válvula de admisión y válvula de descarga para tanque de inodoro-Especificaciones y métodos de prueba02 / Septiembre / 2003
ModificaciónACLARACION a la NOM-010-CONAGUA-2000, Válvula de admisión y válvula de descarga para tanque de inodoro-Especificaciones y métodos de prueba21 de julio de 2009
NOM-011-CONAGUA-2015Conservación del recurso agua - Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales27 / Marzo / 2015
NOM-014-CONAGUA-2003Requisitos para la recarga artificial de acuíferos con agua residual tratada18 /Agosto / 2009
NOM-015-CONAGUA-2007Infiltración artificial de agua a los acuíferos.-Características y especificaciones de las obras y del agua18 /Agosto / 2009

viernes, 5 de agosto de 2016

¿Cuándo necesitas una licencia de anuncios denominativo?

Si quieres poner un anuncio en tu negocio o tienda deberás saber que si sólo es para anunciar el nombre, denominación comercial o logotipo, con el que se identifica una persona física, moral o una edificación, lo que necesitas es un anuncio denominativo.

El anuncio denominativo sólo puede tener cualquiera de los siguientes elementos:
  • una denominación y un logotipo o emblema
  • un logotipo o emblema
  • una denominación
La denominación podrá acompañarse de un eslogan, el cual deberá contenerse en el mismo anuncio denominativo.
NOTA: ES IMPORTANTE QUE EL NOMBRE QUE VIENE EN EL ACTA CONSTITUTIVA SEA EL MISMO QUE EL DE ANUNCIO, YA QUE EN LOS ANUNCIOS DENOMINATIVOS LAS MARCAS ESTÁN PROHIBIDAS.

Lo primero que hay que se debe hacer es verificar  si el inmueble se encuentra en vías primarias, secundarias ó polígonos que constituyen áreas de conservación patrimonial para efectos de la ley de publicidad exterior del Distrito Federal (CDMX). Esto lo puedes revisar en el SIG y en los acuerdos que publicó SEDUVI en la Gaceta Oficial donde se mencionan cuales se consideran vías primarias y cuales son los polígonos, o bien, puedes contratar a un DRO (Director Responsable de Obra) para que te apoye desde el inicio en este trámite, ya que finalmente lo necesitarás para que revise y otorgue su responsiva si es que resulta que está en vías primarias ó en áreas de conservación patrimonial el inmueble.

Una vez realizado lo anterior hay que presentarse en la ventanilla única de las delegaciones, en caso de que el inmueble  se encuentre en vías secundarias con el formato de licencia de anuncio denominativo. En dicho formato proporcionado por SEDUVI ya sea en la ventanilla o bajado desde el portal de internet, se mencionan los requisitos a entregar en ventanilla, para poder llevar a cabo el trámite:

¿Cuáles son los requisitos que piden?

  • Formato de licencia de anuncio denominativo
  • Planos acotados, a escala, incluyendo diseño, materiales, acabados, colores, texturas, dimensiones, croquis de ubicación del anuncio, escala gráfica, fecha, nombre del plano y su número, todos los planos deben llevar los nombres y firmas del solicitante, DRO y en su caso corresponsables, se necesita CDUyA si el anuncio se encuentra en un área de conservación patrimonial, así como una fotografía del inmueble, estos serán de: 
        1. Plantas y alzados
        2. Estructurales, si son anuncios autosoportados
        3. Instalación eléctrica en caso de que la requiera
        4. Iluminación en caso de ser requerida
      • **No importa si son leeds o si sólo es una salida de 50 watts deben entregarse los planos de instalación e iluminación, lo bueno en este caso es que no necesita de CI ya que el consumo es mínimo
  • Cálculos estructurales y memoria estructural, en caso de anuncios autosoportados
  • Perspectiva o render de la edificación, en la que se considere también el anuncio de que se trate
  • Opinión técnica favorable de la Secretaría de Protección Civil de que el anuncio no representa un riesgo para la integridad física o patrimonial de las personas, si son pintados en la fachada no se pide
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros
  • Copia  de los recibos de pago del impuesto predial y del derecho de suministro de agua, respectivamente, del inmueble de que se trate, correspondientes al bimestre inmediato anterior a la fecha de solicitud
  • Copia  del contrato de arrendamiento entre el poseedor o propietario del inmueble y el solicitante, en su caso.
  • Una declaración bajo protesta de decir verdad del responsable de la obra, donde se señale que no se afectarán árboles con motivo de las obras que se puedan llevar a cabo ni en las instalaciones de los anuncios.
  • En caso de pertenecer a una área de conservación patrimonial, se necesita presentar el dictamen favorable de la dirección del patrimonio cultural urbano 
  • Copia  de la escritura del inmueble donde se pretenda instalar el anuncio
  • Si el que lo solicita es una persona moral, debe presentar copia certificada de la escritura pública que acredite su constitución y copia certificada de la escritura pública que acredite la designación de su representante
  • Copia  de la identificación del solicitante, y del representante, si es que el solicitante es una persona moral, deberá estar testada la huella digital
  • Copia  de la credencial para votar, pasaporte o cédula profesional del propietario y poseedor del inmueble donde se pretenden colocar los anuncios, deberá estar testada la huella digital.      
  • Copia del carnet del Director Responsable de Obra y en su caso de cada corresponsable
  • Los documentos previstos para este trámite deberán entregarse tanto en versión digital como impresa y contener la firma del solicitante.
  • Comprobante de pago de derechos
  • Casi todas las copias son simples, excepto donde se piden certificadas,  la licencia, tiene una vigencia de tres años prorrogables.




PROYECTOS DE NMX EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN.

PROYECTOS DE NMX EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN.
DOF: 09/05/2016

PROY-NMX-C-307-1-ONNCCE-2016 EDIFICACIONES-RESISTENCIA AL FUEGO ELEMENTOS Y COMPONENTES PARTE I

Establece las especificaciones de desempeño y los métodos de ensayo aplicables a los elementos, componentes y productos de construcción que se utilizan en las edificaciones para resistir al fuego. Puede aplicarse a los elementos, componentes, recubrimientos y productos nacionales, y de importación que por sí mismos o complementariamente colaboran a resistir el fuego en las edificaciones.
Proporciona las directrices para que el Responsable de Obra (VER 3.5) apruebe en los planos o memorias del proyecto de la edificación para la cual ofrece su responsiva, las características, la resistencia al fuego y, en su caso, las técnicas de aplicación de los productos, elementos o componentes especificados de acuerdo al grado de riesgo al incendio (ver apéndice informativo A).
Esta NMX cancelará a la NMX-C-307/1-ONNCCE-2009.

PROY-NMX-C-505-ONNCCE-2016 INSPECCION PRELIMINAR DE DAÑOS EN ESTRUCTURAS DE CONCRETO HIDRÁULICO CON CRITERIOS DE DURABILIDAD.
Establece una guía para la evaluación preliminar con criterios de durabilidad de las estructuras de concreto hidráulico.Es aplicable a estructuras de concreto para prevención, detección y registro de deficiencias en su condición de servicio, apariencia, o que se detecte un proceso de deterioro de su forma original o de sus propiedades mecánicas y/o estructurales.

PROY-NMX-C-522-ONNCCE-2016 GEOTECNIA - MATERIALES TÉRREOS Y DETERMINACIÓN DEL VALOR SOPORTE DE CALIFORNIA DE SUELOS
Especifica el procedimiento y permite determinar el Valor Soporte de California (CBR), así como la expansión, originada por saturación de los materiales térreos, en especímenes compactados dinámicamente con material que pasa la malla de 19 mm (¾) pulgada.


PROY-NMX-C-523-ONNCCE-2016
DURABILIDAD DE ESTRUCTURAS DE CONCRETO REFORZADO - CONCENTRACIÓN DE CLORUROS SOLUBLES EN AGUA Y ÁCIDO DETERMINACIÓN EN CONCRETO HIDRÁULICO
Es aplicable a los elementos o estructuras de concreto hidráulico, permite conocer la cantidad de iones cloruro en su masa.

PROY-NMX-C-524-ONNCCE-2016
BARRERAS PREFABRICADAS DE CONCRETO PARA PROTECCIÓN EN CARRETERAS Y VIALIDADES URBANA
Es aplicable tanto a barreras de concreto de fabricación nacional como de importación, establece criterios generales para su diseño y fabricación en vialidades municipales, estatales y federales.

lunes, 27 de junio de 2016

Modificaciones al Reglamento de Construcciones del Distrito Federal 17 Junio 2016 (Primera parte)


Les dejo un brevísimo resumen acerca de los cambios que se hicieron en el reglamento, sólo son unos ejemplos, (apenas la primera parte, aunque básicamente lo que más cambió fueron los títulos segundo y tercero... ) hay más que en otra ocasión subiré, ya que hay que estudiarlo con detalle.

  • Se incorporan como Responsables de una obra a los Propietarios, Constructores y Proyectistas.
  • Se adicionan los temas de movilidad y Protección Civil, Comité de usuarios del subsuelo, y el Dictamen de Factibilidad de Instalación de Aparato Medidor.
  • Se habla de aranceles mínimos (los cuales en breve serán publicados) que se deberán cobrar, así como las bases generales para la contratación de los DRO´s  y Corresponsables, con lo cual se evitarán arbitrariedades, ya que interviene un contrato.
  • Se evitará que despidan a un Perito, DRO y/o Corresponsable cuando quiera realizar su trabajo, es decir imponer su autoridad normativa.
  • Los proyectistas y los que hacen el estudio de mecánica de suelos, ya se hacen responsables de lo que plasman en los planos, por lo que deben ir firmados con su Nombre y Cédula Correspondiente

DRO´S y Corresponsables
  • Deberá estar constantemente actualizados ya que deben presentar los documentos que los acrediten como miembros activos del Colegio de Profesionales respectivo, así como constancia de actualización profesional expedida por Instituciones de Educación Superior o los Colegios de los que sean miembros, con una duración mínima de treinta horas anuales, en los temas de normatividad y nuevas tecnologías previamente aprobados por las Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y de Obras y Servicios. 
  • Ordenar en la obra, el cumplimiento de este Reglamento y de la normatividad aplicable, incluyendo  materia ambiental, medidas de seguridad e higiene, en caso de no ser atendida la orden por el propietario, poseedor y/o constructor, lo asentará en la bitácora, notificando de inmediato a la Delegación correspondiente, y a la Comisión, anexando una copia de la nota de bitácora, en la que conste lo ordenado.
  • Solicitar al propietario o poseedor y/o al constructor los manuales de operación y mantenimiento para las obras que requieran de dictamen de impacto urbano o impacto urbano ambiental, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 232 de este Reglamento.


BITÁCORA
  • La bitácora además de cumplir con los requisitos acostumbrados deberá cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Generales (contrato), En la bitácora se anotarán, además de los datos acostumbrados, el nombre del constructor, proyectistas, especialista en Mecánica de Suelos.
  • Se deberá anexar  a la bitácora  el aviso de terminación de la obra ejecutada, proporcionados por el propietario, poseedor o constructor. 


Les dejo el link.

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal
http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/1bc33ce69305e79013aacb6c88336f86.pdf

martes, 17 de mayo de 2016

Listado Normas Técnicas Complementarias de Protección Civil 2016


El siguiente listado comprende aquellas normas que en materia de Protección Civil, nos ayudarán a establecer criterios para la instalación, operación, supervisión y ejecución de diversos aspectos que nos ayuden a mitigar riesgos.
  •  “Norma Técnica Complementaria NTCPC-002-IT-2016.- Instalaciones Eléctricas Temporales” 
  • “Norma Técnica Complementaria NTCPC-003-IT-2016.- Instalaciones de Juegos Mecánicos Temporales”
  •  “Norma Técnica Complementaria NTCPC-005-ER-2016.- Simulacros y Evacuación de Inmuebles”
  •  “Norma Técnica Complementaria NTCPC-004-RT-2016.- Planeación, Instalación, Operación y Cierre de Refugios Temporales”
  •  “Norma Técnica Complementaria NTCPC-009-CBPC-2016.- que establece los Lineamientos de Capacitación para las Brigadas en Materia de Protección Civil”
  • “Norma Técnica Complementaria NTCPC-007-SAS-2016”.- que establece los Lineamientos para el Sistema de Alerta Sísmica de la Ciudad de México
  •  “Norma Técnica Complementaria NTCPC-008-APED-2016.- que establece los Lineamientos de Atención Psicosocial en Emergencias y Desastres”


http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/688d4fd9f552fa0d8bd99157fe38cdd1.pdf
http://www.infomexdf.org.mx/infomex/docto/archivo/2016/22_FEBRERO_2016.pdf