viernes, 5 de agosto de 2016

¿Cuándo necesitas una licencia de anuncios denominativo?

Si quieres poner un anuncio en tu negocio o tienda deberás saber que si sólo es para anunciar el nombre, denominación comercial o logotipo, con el que se identifica una persona física, moral o una edificación, lo que necesitas es un anuncio denominativo.

El anuncio denominativo sólo puede tener cualquiera de los siguientes elementos:
  • una denominación y un logotipo o emblema
  • un logotipo o emblema
  • una denominación
La denominación podrá acompañarse de un eslogan, el cual deberá contenerse en el mismo anuncio denominativo.
NOTA: ES IMPORTANTE QUE EL NOMBRE QUE VIENE EN EL ACTA CONSTITUTIVA SEA EL MISMO QUE EL DE ANUNCIO, YA QUE EN LOS ANUNCIOS DENOMINATIVOS LAS MARCAS ESTÁN PROHIBIDAS.

Lo primero que hay que se debe hacer es verificar  si el inmueble se encuentra en vías primarias, secundarias ó polígonos que constituyen áreas de conservación patrimonial para efectos de la ley de publicidad exterior del Distrito Federal (CDMX). Esto lo puedes revisar en el SIG y en los acuerdos que publicó SEDUVI en la Gaceta Oficial donde se mencionan cuales se consideran vías primarias y cuales son los polígonos, o bien, puedes contratar a un DRO (Director Responsable de Obra) para que te apoye desde el inicio en este trámite, ya que finalmente lo necesitarás para que revise y otorgue su responsiva si es que resulta que está en vías primarias ó en áreas de conservación patrimonial el inmueble.

Una vez realizado lo anterior hay que presentarse en la ventanilla única de las delegaciones, en caso de que el inmueble  se encuentre en vías secundarias con el formato de licencia de anuncio denominativo. En dicho formato proporcionado por SEDUVI ya sea en la ventanilla o bajado desde el portal de internet, se mencionan los requisitos a entregar en ventanilla, para poder llevar a cabo el trámite:

¿Cuáles son los requisitos que piden?

  • Formato de licencia de anuncio denominativo
  • Planos acotados, a escala, incluyendo diseño, materiales, acabados, colores, texturas, dimensiones, croquis de ubicación del anuncio, escala gráfica, fecha, nombre del plano y su número, todos los planos deben llevar los nombres y firmas del solicitante, DRO y en su caso corresponsables, se necesita CDUyA si el anuncio se encuentra en un área de conservación patrimonial, así como una fotografía del inmueble, estos serán de: 
        1. Plantas y alzados
        2. Estructurales, si son anuncios autosoportados
        3. Instalación eléctrica en caso de que la requiera
        4. Iluminación en caso de ser requerida
      • **No importa si son leeds o si sólo es una salida de 50 watts deben entregarse los planos de instalación e iluminación, lo bueno en este caso es que no necesita de CI ya que el consumo es mínimo
  • Cálculos estructurales y memoria estructural, en caso de anuncios autosoportados
  • Perspectiva o render de la edificación, en la que se considere también el anuncio de que se trate
  • Opinión técnica favorable de la Secretaría de Protección Civil de que el anuncio no representa un riesgo para la integridad física o patrimonial de las personas, si son pintados en la fachada no se pide
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros
  • Copia  de los recibos de pago del impuesto predial y del derecho de suministro de agua, respectivamente, del inmueble de que se trate, correspondientes al bimestre inmediato anterior a la fecha de solicitud
  • Copia  del contrato de arrendamiento entre el poseedor o propietario del inmueble y el solicitante, en su caso.
  • Una declaración bajo protesta de decir verdad del responsable de la obra, donde se señale que no se afectarán árboles con motivo de las obras que se puedan llevar a cabo ni en las instalaciones de los anuncios.
  • En caso de pertenecer a una área de conservación patrimonial, se necesita presentar el dictamen favorable de la dirección del patrimonio cultural urbano 
  • Copia  de la escritura del inmueble donde se pretenda instalar el anuncio
  • Si el que lo solicita es una persona moral, debe presentar copia certificada de la escritura pública que acredite su constitución y copia certificada de la escritura pública que acredite la designación de su representante
  • Copia  de la identificación del solicitante, y del representante, si es que el solicitante es una persona moral, deberá estar testada la huella digital
  • Copia  de la credencial para votar, pasaporte o cédula profesional del propietario y poseedor del inmueble donde se pretenden colocar los anuncios, deberá estar testada la huella digital.      
  • Copia del carnet del Director Responsable de Obra y en su caso de cada corresponsable
  • Los documentos previstos para este trámite deberán entregarse tanto en versión digital como impresa y contener la firma del solicitante.
  • Comprobante de pago de derechos
  • Casi todas las copias son simples, excepto donde se piden certificadas,  la licencia, tiene una vigencia de tres años prorrogables.




PROYECTOS DE NMX EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN.

PROYECTOS DE NMX EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN.
DOF: 09/05/2016

PROY-NMX-C-307-1-ONNCCE-2016 EDIFICACIONES-RESISTENCIA AL FUEGO ELEMENTOS Y COMPONENTES PARTE I

Establece las especificaciones de desempeño y los métodos de ensayo aplicables a los elementos, componentes y productos de construcción que se utilizan en las edificaciones para resistir al fuego. Puede aplicarse a los elementos, componentes, recubrimientos y productos nacionales, y de importación que por sí mismos o complementariamente colaboran a resistir el fuego en las edificaciones.
Proporciona las directrices para que el Responsable de Obra (VER 3.5) apruebe en los planos o memorias del proyecto de la edificación para la cual ofrece su responsiva, las características, la resistencia al fuego y, en su caso, las técnicas de aplicación de los productos, elementos o componentes especificados de acuerdo al grado de riesgo al incendio (ver apéndice informativo A).
Esta NMX cancelará a la NMX-C-307/1-ONNCCE-2009.

PROY-NMX-C-505-ONNCCE-2016 INSPECCION PRELIMINAR DE DAÑOS EN ESTRUCTURAS DE CONCRETO HIDRÁULICO CON CRITERIOS DE DURABILIDAD.
Establece una guía para la evaluación preliminar con criterios de durabilidad de las estructuras de concreto hidráulico.Es aplicable a estructuras de concreto para prevención, detección y registro de deficiencias en su condición de servicio, apariencia, o que se detecte un proceso de deterioro de su forma original o de sus propiedades mecánicas y/o estructurales.

PROY-NMX-C-522-ONNCCE-2016 GEOTECNIA - MATERIALES TÉRREOS Y DETERMINACIÓN DEL VALOR SOPORTE DE CALIFORNIA DE SUELOS
Especifica el procedimiento y permite determinar el Valor Soporte de California (CBR), así como la expansión, originada por saturación de los materiales térreos, en especímenes compactados dinámicamente con material que pasa la malla de 19 mm (¾) pulgada.


PROY-NMX-C-523-ONNCCE-2016
DURABILIDAD DE ESTRUCTURAS DE CONCRETO REFORZADO - CONCENTRACIÓN DE CLORUROS SOLUBLES EN AGUA Y ÁCIDO DETERMINACIÓN EN CONCRETO HIDRÁULICO
Es aplicable a los elementos o estructuras de concreto hidráulico, permite conocer la cantidad de iones cloruro en su masa.

PROY-NMX-C-524-ONNCCE-2016
BARRERAS PREFABRICADAS DE CONCRETO PARA PROTECCIÓN EN CARRETERAS Y VIALIDADES URBANA
Es aplicable tanto a barreras de concreto de fabricación nacional como de importación, establece criterios generales para su diseño y fabricación en vialidades municipales, estatales y federales.