El anuncio denominativo sólo puede tener cualquiera de los siguientes elementos:
- una denominación y un logotipo o emblema
- un logotipo o emblema
- una denominación
La denominación podrá acompañarse de un eslogan, el cual deberá contenerse en el mismo anuncio denominativo.
NOTA: ES IMPORTANTE QUE EL NOMBRE QUE VIENE EN EL ACTA CONSTITUTIVA SEA EL MISMO QUE EL DE ANUNCIO, YA QUE EN LOS ANUNCIOS DENOMINATIVOS LAS MARCAS ESTÁN PROHIBIDAS.
Lo primero que hay que se debe hacer es verificar si el inmueble se encuentra en vías primarias, secundarias ó polígonos que constituyen áreas de conservación patrimonial para efectos de la ley de publicidad exterior del Distrito Federal (CDMX). Esto lo puedes revisar en el SIG y en los acuerdos que publicó SEDUVI en la Gaceta Oficial donde se mencionan cuales se consideran vías primarias y cuales son los polígonos, o bien, puedes contratar a un DRO (Director Responsable de Obra) para que te apoye desde el inicio en este trámite, ya que finalmente lo necesitarás para que revise y otorgue su responsiva si es que resulta que está en vías primarias ó en áreas de conservación patrimonial el inmueble.
Una vez realizado lo anterior hay que presentarse en la ventanilla única de las delegaciones, en caso de que el inmueble se encuentre en vías secundarias con el formato de licencia de anuncio denominativo. En dicho formato proporcionado por SEDUVI ya sea en la ventanilla o bajado desde el portal de internet, se mencionan los requisitos a entregar en ventanilla, para poder llevar a cabo el trámite:
¿Cuáles son los requisitos que piden?
NOTA: ES IMPORTANTE QUE EL NOMBRE QUE VIENE EN EL ACTA CONSTITUTIVA SEA EL MISMO QUE EL DE ANUNCIO, YA QUE EN LOS ANUNCIOS DENOMINATIVOS LAS MARCAS ESTÁN PROHIBIDAS.
Lo primero que hay que se debe hacer es verificar si el inmueble se encuentra en vías primarias, secundarias ó polígonos que constituyen áreas de conservación patrimonial para efectos de la ley de publicidad exterior del Distrito Federal (CDMX). Esto lo puedes revisar en el SIG y en los acuerdos que publicó SEDUVI en la Gaceta Oficial donde se mencionan cuales se consideran vías primarias y cuales son los polígonos, o bien, puedes contratar a un DRO (Director Responsable de Obra) para que te apoye desde el inicio en este trámite, ya que finalmente lo necesitarás para que revise y otorgue su responsiva si es que resulta que está en vías primarias ó en áreas de conservación patrimonial el inmueble.
Una vez realizado lo anterior hay que presentarse en la ventanilla única de las delegaciones, en caso de que el inmueble se encuentre en vías secundarias con el formato de licencia de anuncio denominativo. En dicho formato proporcionado por SEDUVI ya sea en la ventanilla o bajado desde el portal de internet, se mencionan los requisitos a entregar en ventanilla, para poder llevar a cabo el trámite:
¿Cuáles son los requisitos que piden?
- Formato de licencia de anuncio denominativo
- Planos acotados, a escala, incluyendo diseño, materiales, acabados, colores, texturas, dimensiones, croquis de ubicación del anuncio, escala gráfica, fecha, nombre del plano y su número, todos los planos deben llevar los nombres y firmas del solicitante, DRO y en su caso corresponsables, se necesita CDUyA si el anuncio se encuentra en un área de conservación patrimonial, así como una fotografía del inmueble, estos serán de:
- Plantas y alzados
- Estructurales, si son anuncios autosoportados
- Instalación eléctrica en caso de que la requiera
- Iluminación en caso de ser requerida
- **No importa si son leeds o si sólo es una salida de 50 watts deben entregarse los planos de instalación e iluminación, lo bueno en este caso es que no necesita de CI ya que el consumo es mínimo
- Cálculos estructurales y memoria estructural, en caso de anuncios autosoportados
- Perspectiva o render de la edificación, en la que se considere también el anuncio de que se trate
- Opinión técnica favorable de la Secretaría de Protección Civil de que el anuncio no representa un riesgo para la integridad física o patrimonial de las personas, si son pintados en la fachada no se pide
- Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros
- Copia de los recibos de pago del impuesto predial y del derecho de suministro de agua, respectivamente, del inmueble de que se trate, correspondientes al bimestre inmediato anterior a la fecha de solicitud
- Copia del contrato de arrendamiento entre el poseedor o propietario del inmueble y el solicitante, en su caso.
- Una declaración bajo protesta de decir verdad del responsable de la obra, donde se señale que no se afectarán árboles con motivo de las obras que se puedan llevar a cabo ni en las instalaciones de los anuncios.
- En caso de pertenecer a una área de conservación patrimonial, se necesita presentar el dictamen favorable de la dirección del patrimonio cultural urbano
- Copia de la escritura del inmueble donde se pretenda instalar el anuncio
- Si el que lo solicita es una persona moral, debe presentar copia certificada de la escritura pública que acredite su constitución y copia certificada de la escritura pública que acredite la designación de su representante
- Copia de la identificación del solicitante, y del representante, si es que el solicitante es una persona moral, deberá estar testada la huella digital
- Copia de la credencial para votar, pasaporte o cédula profesional del propietario y poseedor del inmueble donde se pretenden colocar los anuncios, deberá estar testada la huella digital.
- Copia del carnet del Director Responsable de Obra y en su caso de cada corresponsable
- Los documentos previstos para este trámite deberán entregarse tanto en versión digital como impresa y contener la firma del solicitante.
- Comprobante de pago de derechos
- Casi todas las copias son simples, excepto donde se piden certificadas, la licencia, tiene una vigencia de tres años prorrogables.