lunes, 27 de junio de 2016

Modificaciones al Reglamento de Construcciones del Distrito Federal 17 Junio 2016 (Primera parte)


Les dejo un brevísimo resumen acerca de los cambios que se hicieron en el reglamento, sólo son unos ejemplos, (apenas la primera parte, aunque básicamente lo que más cambió fueron los títulos segundo y tercero... ) hay más que en otra ocasión subiré, ya que hay que estudiarlo con detalle.

  • Se incorporan como Responsables de una obra a los Propietarios, Constructores y Proyectistas.
  • Se adicionan los temas de movilidad y Protección Civil, Comité de usuarios del subsuelo, y el Dictamen de Factibilidad de Instalación de Aparato Medidor.
  • Se habla de aranceles mínimos (los cuales en breve serán publicados) que se deberán cobrar, así como las bases generales para la contratación de los DRO´s  y Corresponsables, con lo cual se evitarán arbitrariedades, ya que interviene un contrato.
  • Se evitará que despidan a un Perito, DRO y/o Corresponsable cuando quiera realizar su trabajo, es decir imponer su autoridad normativa.
  • Los proyectistas y los que hacen el estudio de mecánica de suelos, ya se hacen responsables de lo que plasman en los planos, por lo que deben ir firmados con su Nombre y Cédula Correspondiente

DRO´S y Corresponsables
  • Deberá estar constantemente actualizados ya que deben presentar los documentos que los acrediten como miembros activos del Colegio de Profesionales respectivo, así como constancia de actualización profesional expedida por Instituciones de Educación Superior o los Colegios de los que sean miembros, con una duración mínima de treinta horas anuales, en los temas de normatividad y nuevas tecnologías previamente aprobados por las Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y de Obras y Servicios. 
  • Ordenar en la obra, el cumplimiento de este Reglamento y de la normatividad aplicable, incluyendo  materia ambiental, medidas de seguridad e higiene, en caso de no ser atendida la orden por el propietario, poseedor y/o constructor, lo asentará en la bitácora, notificando de inmediato a la Delegación correspondiente, y a la Comisión, anexando una copia de la nota de bitácora, en la que conste lo ordenado.
  • Solicitar al propietario o poseedor y/o al constructor los manuales de operación y mantenimiento para las obras que requieran de dictamen de impacto urbano o impacto urbano ambiental, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 232 de este Reglamento.


BITÁCORA
  • La bitácora además de cumplir con los requisitos acostumbrados deberá cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Generales (contrato), En la bitácora se anotarán, además de los datos acostumbrados, el nombre del constructor, proyectistas, especialista en Mecánica de Suelos.
  • Se deberá anexar  a la bitácora  el aviso de terminación de la obra ejecutada, proporcionados por el propietario, poseedor o constructor. 


Les dejo el link.

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal
http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/1bc33ce69305e79013aacb6c88336f86.pdf